.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
institución:CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

10 resultados encontrados en 31 ms. Página 1 de 2
Descargar    Expandir/Colapsar
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 06613 12 de junio, 2017 DFOE-DL-0476 Señor José Francisco Rodríguez Johnson Intendente intendencialepanto@gmail.com CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO Puntarenas Estimado señor: Asunto: Se rechaza ad portas la consulta sobre si es factible la contratación de un auditor interno para el Concejo Municipal de Distrito de Lepanto, por medio del modelo de contratación por servicios profesionales. Se rechaza ad portas la gestión presentada mediante el oficio N.° IM-28-2017, de 05 de mayo de 2017, en el cual se consulta (…) ante la carencia de recursos económicos para contratar un funcionario de planta, por este medio les consulto lo siguiente: ¿es factible la contratación de un auditor interno para el concejo municipal de distrito, por medio del modelo de contratación por servicios profesionales, estipulado en la Ley de Contratación Administrativa?/ Lo anterior para cumplir con el artículo 20 de la Ley General de Control Interno 8292. El ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se encuentra regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica 1 (LOCGR) y en el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República 2 . En el reglamento anteriormente citado, en el artículo 8, se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, concretamente, señala, en lo de interés: (…) 2. Plantearse en términos generales, sin que se someta al órgano consultivo a la resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto consultante, o que ...
Fecha publicación: 16/06/2017
Fecha emisión: 12/06/2017
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Nombramiento


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 4924 19 de abril del 2016 DJ-0560-2016 Señores(as) CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPENTO montero.kattia@gmail.com Estimados(as) señores(as): Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por caso concreto. Se refiere este despacho a su oficio número SM-115-2016 de fecha 24 de febrero de 2016, recibido en esta Contraloría General el 07 de marzo de 2016, mediante el cual se solicita criterio para resolver la disconformidad que manifiestan los patentados de dicha jurisdicción territorial en relación al pago que deben de realizar a la Asociación de Compositores y Autores Musicales de Costa Rica -en adelante ACAM-. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan en lo de interés: “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consult ...
Fecha publicación: 22/04/2016
Fecha emisión: 19/04/2016
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 4638 13 de abril del 2016 DJ-0517-2016 Señores(as) CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPENTO montero.kattia@gmail.com Estimados(as) señores(as): Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por caso concreto. Se refiere este despacho a su oficio número SM-113-2016 de fecha 24 de febrero de 2016, recibido en esta Contraloría General el 07 de marzo de 2016, mediante el cual se consulta si se debe de realizar el pago de horas extras a la secretaria del Concejo Municipal cuando esta asiste después de su horario laboral. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan en lo de interés: “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ingresen para su atención conforme al artículo 29 de la Ley No. 7428, deberán c ...
Fecha publicación: 16/04/2016
Fecha emisión: 13/04/2016
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 04056 18 de marzo, 2015 DFOE-DL-0328 Señora Kattya Montero Arce montero.kattia@gmail.com Secretaria del Concejo Municipal CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO Puntarenas Estimada señora: Asunto: Atención de consultas del Concejo Municipal de Distrito de Lepanto sobre las dietas de los concejales, la personalidad jurídica de los Comités Distritales de Deportes y Recreación y la vigencia del oficio N.° 08439-2013. Con la atenta solicitud de que lo informe oportunamente a los señores concejales, nos referimos al oficio N°. SM-32-2015 de 22 de enero de 2015, recibido el 13 de febrero siguiente, en el que se transcribe el acuerdo N.° 13 de la sesión ordinaria N.° 739-2015 de 13 de enero de 2015 del Concejo Municipal de Distrito de Lepanto. En el acuerdo citado se consulta lo siguiente: “1. Si es procedente el aumento de las dietas a los Concejales cuando sufre un incremento el Presupuesto Ordinario con respecto al anterior al punto de cambiar de categoría, si las mismas se deben ajustar en base al artículo 30 del Código Municipal o se debe aumentar según el porcentaje de incremento de ese Presupuesto Ordinario y como (sic) se aplicaría para el Presupuesto Ordinario Ajustado 2015, así mismo si ese aumento aplica retroactivo desde el período 2011. / 2. Tomando en consideración el Oficio 08439, DFOE-ST-0043 y DFOE-DL-0813, del 16 de Agosto de 2014, emitido por la Contraloría General de la República, y con la entrada en vigencia de la Ley 9208, reforma de la Ley N° 8173, Ley General de Concejos Municipales de Distrito, de 7 de Diciembre de 2001, se le solicite al ente Contralor aclare ...
Fecha publicación: 24/03/2015
Fecha emisión: 18/03/2015
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 07763 30 de julio, 2014 DFOE-DL-0591 Señora Kattya Montero Arce Secretaria del Concejo Municipal montero.kattia@gmail.com CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO Puntarenas Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio sobre la reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, N.° 8173. Para que informe a los miembros del Concejo Municipal de Distrito de Lepanto en la próxima sesión que celebren a partir del recibo del presente memorial, se atiende el oficio N.° SM-262-2014 de 23 de junio de 2014, en relación con el acuerdo dictado por ese Concejo y que consta en el inciso a) del artículo 9 del capítulo IX de la sesión ordinaria N°. 692-2014 celebrada el 17 de junio de 2014, que en lo de interés se transcribe: “(…) solicitarle al Departamento Legal de la Contraloría General de la República, su Criterio (sic) como Director de los Lineamientos Técnicos y Legales para acceder a los recursos que corresponde de la Ley 8114 al distrito de Lepanto”. I. Consideraciones generales La consulta es el resultado de haber aprobado la moción que en su considerando dice: “Que la anterior administración Chinchilla modifico (sic) parcialmente la ley n°8173, ´LEY GNERAL (sic) DE CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO del 7 de diciembre del 2001´ con la Ley 9203 (sic), del 20 de febrero del 2014, indicando textualmente en el Artículo 2 ´NATURALEZA JURIDICA: los CMD tendrán la naturaleza jurídica de órganos adscritos a la municipalidad que los creo (sic), Para efectos de la administración de los intereses y servicios distritales gozaran (sic) de personalidad jurídica instrumental, lo que otorgara (sic) todas las potestades y atribucion ...
Fecha publicación: 01/08/2014
Fecha emisión: 30/07/2014
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Concejo Municipal de Distrito, Concejo Municipal de Distrito


T: (506) 2501-8000 S: http://www.cgr.go.cr/ E: contraloría.general@cgr.go.cr F: (506) 2501-8100 Apdo. 1179-1000 San José, Costa Rica DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 2366 04 de marzo de 2014 DJ-0181-2014 Señora Olga Jiménez Ramírez. Intendente Municipal CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LEPANTO Estimada señora: Asunto: Se rechaza la gestión formulada relacionada con la compra directa 2013CD- 00040-01. Se refiere este Despacho a su oficio número IM-050-2014 de fecha 19 de febrero del 2014, recibido en esta Contraloría General ese mismo día, mediante el cual nos remite consulta relacionada con la compra directa 2013CD-00040-001, sobre reparación y mantenimiento de vehículo municipal, según orden de compra 448-2013. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirigen los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre del 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de dicha competencia. Ahora bien, interesa señalar que en el Reglamento anteriormente relacionado se establecen requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, dentro de los cuales interesa destacar: “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas ...
Fecha publicación: 07/03/2014
Fecha emisión: 04/03/2014
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-530-2012 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa, San José a las doce horas del diez de octubre de dos mil doce. ------------------------ Recurso de apelación interpuesto por la empresa ADAGSAVH S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2012LA-000001-01 en su línea N° 1 –Recolección y Transporte, promovida por el Concejo Municipal del Distrito de Lepanto recaído a favor de la empresa Manejo Integral Tecnoambiente S.A. --------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.-La empresa ADAGSAVH S.A., presentó Recurso de Apelación ante esta Contraloría General, el día 28 de setiembre del 2012, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2012LA-000001-01, promovida por el Consejo Municipal Distrito de Lepanto, para la Contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos del distrito, adjudicado a la empresa Manejo Integral Tecnoambiente S.A. por un monto de ¢6.640.600,00 (línea 1) y ¢3.694.864,12 (línea 2). ----------------------------------------------------------- II.-Mediante auto de las quince horas del dos de octubre del dos mil doce, este Despacho requirió de la Administración el expediente administrativo de la licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. --------------- III.-Que se han observado las prescripciones de ley. --------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I.- HECHO PROBADO: Para la resolución de este asunto se tienen por demostrado el siguiente hecho de interés: 1) Que el Concejo Municipal del Distrito de Lepanto, promovió la Licitación Abreviada N° 2012LA-000001-01 para la Contratación de los Servicios de Recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos sólidos del Distrito de Lepanto, recaído a favor de la empresa ...
Fecha publicación: 16/10/2012
Fecha emisión: 10/10/2012
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


DIVISION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 01861 24 de febrero, 2012 DJ-0197-2012 Señora Olga Jiménez Ramírez Intendente Municipal CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO Fax 2650-0198 Estimada señora: Asunto: Consideraciones generales en relación con la consulta sobre si procede o no el pago de viáticos de un ingeniero inspector y sobre la obligación de realizar un adelanto de liquidación de viáticos. Nos referimos a su oficio N° IM-001-2012 de 03 de enero de 2012, recibido en esta Contraloría General el 10 de enero de 2012, complementada con información solicitada el 19 de enero de 2012, mediante el cual solicita el criterio legal de este órgano contralor referente a si procede o no el pago de viáticos solicitados por un ingeniero inspector y además solicita se le indique si para la liquidación de viáticos debe existir por obligación un adelanto, dado que muchas veces se suscitan salidas de emergencia lo que ocasiona la imposibilidad de tramitar un adelanto. Al respecto, indica que el Concejo Municipal de Distrito de Lepanto está en el proceso de construcción del edificio municipal y que para tal fin se optó por la contratación de un ingeniero inspector para la inspección de la obra, la cual se realizó mediante licitación abreviada. Agrega que en el cartel ni en el contrato se especificó el pago de gastos reembolsables por inspección (en este caso viáticos); sin embargo, el profesional contratado se ampara al cobro de los mismos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura. Justifica su solicitud en razón de que ese Concejo Municipal no cuenta con un asesor legal. I. Consideraciones preliminares Con respecto a la solicitud que usted formula, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 d ...
Fecha publicación: 27/02/2012
Fecha emisión: 24/02/2012
Documento: 01861-2012.pdf
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio Nro.10786 20 de octubre, 2009 DFOE-SM-1435 Señor Pedro Rodríguez Salas Intendente Municipal CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO Puntarenas Estimado señor: Asunto: Se autoriza presentación de un documento presupuestario al Concejo Municipal de Distrito de Lepanto. En atención al oficio Nro. SM-171-2009 de fecha 13 de octubre de 2009, mediante el cual solicita autorización para presentar un presupuesto extraordinario, se le indica que de conformidad con las justificaciones aportadas y con lo que establece el artículo 11 inciso I, j. del REGLAMENTO SOBRE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE LOS ENTES Y ÓRGANOS PÚBLICOS, MUNICIPALIDADES Y ENTIDADES DE CARÁCTER MUNICIPAL, FIDEICOMISOS Y SUJETOS PRIVADOS R-1-2006-CO-DFOE, se autoriza la presentación de dicho presupuesto a más tardar el 16 de noviembre del presente año. Atentamente, Licda. Giselle Segnini Hurtado Gerente de Área PVR/LNC/GSH/all Ci: Concejo Municipal de Distrito de Lepanto Expediente: Oficios de respuesta 2009 NI: 20159 G: 200802911-3 ] ...
Fecha publicación: 23/10/2009
Fecha emisión: 20/10/2009
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Sra. Olga D. Jiménez Ramírez 4 23 de abril, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 04176 23 de abril, 2004 DI-CR-196 Señora: Olga D. Jiménez Ramírez Intendente Municipal CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO Estimada señora: Asunto: Cumplimiento de la Ley General de Control Interno y conveniencia de recargar parte de la función de Auditoría Interna en la Contadora Municipal Luego de ofrecerle las disculpas del caso por la dilación en la respuesta a su solicitud, se procede a atender su nota Ofic. IM Nº 130?2003 del 31 de octubre de 2003, dirigido al Área de Servicios Municipales, y posteriormente trasladado a este Centro de Relaciones, mediante el cual requiere las instrucciones de la Contraloría General para aplicar las medidas indicadas en la Ley General de Control Interno (Nº 8292 del 31 de julio de 2002, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 169 del 4 de setiembre de 2002) en cuanto a la obligación de contar con un Auditor Interno en ese Concejo Municipal. Al respecto, debe indicársele que no corresponde a este Órgano Contralor emitir instrucciones específicas al respecto, pues de conformidad con el artículo 10 de esa misma Ley, se identifica a la administración como responsable fundamental por el sistema de control interno. En efecto, tal artículo señala lo siguiente: “Artículo 10.—Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.” [El subrayado no es del original.] La satisfacción de este deber c ...
Fecha publicación: 24/04/2004
Fecha emisión: 21/04/2004
Documento: 04176-2004.doc
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO DE PUNTARENAS
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Responsabilidad por el sistema de control interno, Obligacion de contar con auditoria interna